Tipos de tarifas aplicables para la electricidad

Las tarifas de acceso de electricidad son una forma de clasificación del suministro eléctrico, diferenciadas por el nivel de tensión, la potencia contratada y las características de los consumos por horario. Los tipos de tarifas y la forma de contabilizar lo que consumimos y/o pagamos es un arduo conjunto de puntos y parámetros que ha sido cambiante y como saben polémico a lo largo de los últimos años. Como indicamos en la web; “las facturas eléctricas se han convertido para la mayoría de los consumidores en un jeroglífico”, por lo tanto simplificaremos el análisis clarificando conceptos y centrándonos en lo que más compete.

Analizamos a continuación las de baja tensión de menos de 10 Kw de potencia a excepción del “bono social”, el resto en baja, y las de alta tensión para siguientes posts para no hacerlo demasiado extenso:

Baja tensión

Como Baja Tensión se engloba cualquier nivel de voltaje inferior a 1.000 V (1 kV). La alta tensión se emplea en casos especiales –como casas muy apartadas de las redes generales de distribución– y grandes empresas. Ya hablamos en otro post que el transporte desde las plantas de producción eléctrica (centrales térmicas, nucleares, ciclo combinado, hidroeléctricas, eólicas…) se realiza en alta tensión para reducir las pérdidas ya que para la misma potencia la corriente transportada es menor (P=V.I). Una vez que nos acercamos a los puntos de consumo, la tensión se reduce para utilizar los aparatos de consumo eléctrico que existen en la mayoría de hogares y negocios.

Hay varias tarifas de acceso de Baja Tensión, atendiendo a la potencia contratada y al número de periodos (partición horaria).

baja-tension

Tarifas 2.0

Son aquellas cuya potencia contratada es igual o inferior a 10 kW, según nuestro suministro esté conectado en monofásica o trifásica, tendremos unos valores de potencia normalizadas para poder contratar. Esta normalización de potencia tiene el fin de permitir la estandarización de dispositivos de control, medida y protección. Para controlar la potencia que demandamos en relación con la que tenemos contratada, estos suministros suelen tener lo que se conoce como Interruptor de Control de Potencia, o ICP, que es el que puede “saltar” en nuestro cuadro cuando sobrepasamos de manera puntual la potencia contratada.

Existen dos opciones de contratación:

  • TVPC: Tarifa Voluntaria para el Pequeño Consumidor (anteriormente TUR) precio marcado por el gobierno
  • Mercado libre

Tarifa Voluntaria para el Pequeño Consumidor:

Esta tarifa se contrata con las llamadas Comercializadoras de Último Recurso (CUR) a un precio y condiciones reguladas por el Gobierno.

Todos los consumidores estén bajo este formato de contrato podrán ir al mercado liberalizado en el momento que ellos quieran.

El precio a pagar por la potencia y la energía está regulado por el Gobierno. La cuantía de la energía depende de los cálculos realizados por el gobierno según la combinación de las diferentes fuentes de energía existentes que se utilizan para cubrir la demanda eléctrica del; el llamado mix eléctrico. Este punto no estuvo exento de polémica ya que para poder conocer que estamos pagando exactamente por la electricidad que consumimos y si nos conviene incluso cambiar nuestros hábitos de consumo por un posible ahorro debíamos hacer de estudiar cómo se comporta el mercado eléctrico diariamente.

A continuación se puede ver el cuadro de Término de energía del PVPC que aparece en la web de Red Eléctrica Española para un día concreto:

Como puede observarse existen tres tipos de tarifas: 2.0 A o general por defecto, la 2.0 DHA comúnmente llamada “nocturna” o de discriminación horaria y la 2.0 DHS tarifa “supervalle” que se creó con el fin de emplearla para la recarga de vehículos eléctricos.

Mercado libre

1. Si elegimos el mercado libre contrataríamos el suministro de energía con una empresa comercializadora, a un precio libremente fijado por ésta. No tenemos que confundir la empresa distribuidora con la comercializadora; ya explicamos que desde la liberación del mercado existen numerosas comercializadoras; algunas también de manera conjunta de gas, siendo las distribuidoras las compañías en las que se divide el suministro en todo el país con un monopolio natural histórico y que a este efecto ya no nos limita para contratar con la comercializadora que elijamos. Es conveniente negociar el precio y comparar detenidamente varias ofertas.

Como apuntábamos, en ambas modalidades de contrato existe la modalidad de discriminación horaria o “ tarifa nocturna”, con los periodos Punta y Valle. Antes de elegir esa discriminación debemos analizar nuestros hábitos de consumo ya que aunque el precio de la energía en valle se decrementa en Punta se incrementa.

Periodos horariosInviernoVerano
Punta
10 horas/día
De 12:00 a 22:00 horasDe 13:00 a 23:00 horas
Valle
14 horas/día
De 00:00 a 12:00 y de 22:00 a 24:00 horasDe 00:00 a 13:00 y de 23:00 a 24:00 horas

En términos generales nos interesa contratar la modalidad de discriminación horaria cuando al menos el 30% del consumo lo realicemos en horario Valle.

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