Convocadas subvenciones a fondo perdido de autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovable para la Región de Murcia

Hoy viernes 22/10/2021 han sido publicadas las subvenciones para el autoconsumo energético y almacenamiento con energías renovables de conformidad con el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio. La cuantía inicial de los fondos asignados a la presente convocatoria asciende a un importe de 17.465.471,04 €, distribuyéndose por programas.

Actuaciones subvencionables:

Resumen de la cuantía de la subvención:

  • Programas 1 y 2: La subvención corresponde con el 15, 25, 35% o 45% dependiendo si es gran, mediana o pequeña empresa y de la potencia a instalar, incluyendo si fuera necesario en el coste elegible total el proyecto técnico, la obra civil necesaria, refuerzo de cubiertas, instalación de marquesinas, retirada de cubierta de amianto, etc
  • Programa 3: La subvención corresponde con el 45, 55 o 65% dependiendo si es gran, mediana o pequeña empresa.
  • Programas 4 y 5: La subvención de la instalación fotovoltaica estaría en la horquilla de entre 300 €/kWp a 600 €/kWp dependiendo de la potencia a instalar, incluyendo si fuera necesario en el coste elegible total el proyecto técnico, la obra civil necesaria, refuerzo de cubiertas, instalación de marquesinas, retirada de cubierta de amianto, etc. El almacenamiento estaría en la horquilla entre 140 €/kWh y 490 €/kWh dependiendo de la capacidad de la batería.
  • Programa 6: La subvención corresponde entre 250 €/kW y 2.250 €/kW dependiendo de la tecnología a instalar; biomasa, solar térmica, aerotermia, geotermia e hidrotermia.

Régimen de la convocatoria, bases, y forma de concesión:

La convocatoria se rige por las bases establecidas en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

La selección de beneficiarios se realizará por orden de presentación de la solicitud junto con la documentación técnico-administrativa que establece la orden, hasta el agotamiento de los fondos. Las propuestas de resolución se formularán por riguroso orden de entrada en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de registro, considerándose a tal efecto la fecha y hora de registro de la solicitud y la totalidad de la documentación completa

Plazo para la presentación:

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda comenzará a las 00:01 del 3/11/2021.

Justificación y pago de las ayudas:

Los beneficiarios deben justificar en el plazo máximo de dieciocho meses desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión la realización de la inversión requerida para llevar a cabo la actuación objeto de ayuda, mediante la presentación de la documentación establecida en la orden. Una vez justificada se procede al pago de la subvención.

En Inergya, ingeniería/instaladora certificada por organismo reconocido por la EA como Auditores Energéticos en Industria y Edificación e inscrita en el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía ( IDAE ) como Proveedores de Servicios Energéticos, nos encontramos en total disposición de realizar un llave en mano de su instalación incluyendo la solicitud, memorias técnicas, justificación, etc de subvención sin coste y con las mayores garantías, pudiéndose esperar si así lo desea a la resolución positiva de la subvención para realizar la instalación no teniendo coste ni obligación en caso contrario.

Debido al importante trabajo de campo y documentación hay que realizar le invitamos a ponerse en contacto con nosotros sin compromiso para ampliar la información, poder resolverle cualquier consulta y cumplir con los plazos de la convocatoria.

Anuncio de la convocatoria: 

https://www.borm.es/#/home/anuncio/22-10-2021/6366

Orden de bases:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/590654

Abierto el plazo para subvenciones de autoconsumo fotovoltaico y eficiencia energética en el municipio de Murcia

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